Consejo de Estado le pone freno a las alocuciones presidenciales: solo se podrán transmitir por temas urgentes


La discusión sobre las alocuciones presidenciales vuele sobre la mesa, el Consejo de Estado protegió el derecho fundamental a la información de varios ciudadanos que denunciaron un uso “indebido y desproporcionado” de las alocuciones presidenciales por parte del presidente Gustavo Petro.

El alto tribunal consideró que las transmisiones reiteradas por canales públicos y privados vulneraron el pluralismo informativo y excedieron los límites constitucionales de esta figura.

En el fallo, con ponencia del magistrado Alberto Montaña Plata, advierte el Consejo de Estado que la figura de la alocución presidencial “solo puede ser utilizada en circunstancias excepcionales y urgentes”, como desastres naturales o alteraciones graves del orden público.

Sin embargo, el presidente la habría empleado de manera permanente e ilimitada, afectando la libre elección de contenidos por parte de los televidentes.

El Consejo de Estado amparó los derechos de los demandantes Nelson Martínez , Miguel Uribe Turbay, Mauricio Aragón, Mauricio Trujillo Riascos, Samuel Ortiz Mancipe y Sandra Mancipe Mesa, quienes alegaron que las frecuentes transmisiones interrumpían la programación regular de los canales y restringían su acceso a información diversa.

Entre las órdenes que profirió el Consejo de Estado es, primero, ponerle la lupa al uso de las alocuciones presidenciales únicamente a hechos de urgente y manifiesta trascendencia pública.

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